Especialistas en Derecho sostienen que la ONU prohíbe quebrantar la integridad territorial de los Estados soberanos
La resolución 1.514 (XV) señala que "todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional o integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".
José Antonio Tomás Ortiz de la Torre/RADE
La doctrina de la ONU prohíbe toda acción encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente la integridad territorial de los estados soberanos e independientes, según el presidente de la Sección de Derecho de la Real Academia de Doctores de España (RADE), José Antonio Tomás Ortiz de la Torre.
En la sesión 'La pretendida secesión de Cataluña en el Derecho Internacional', este ponente indica sobre la "tan repetida idea" de que los pueblos tienen derecho a la libre autodeterminación según los Pactos de Nueva York, de 1966, sobre derechos civiles y políticos y sobre derechos económicos, sociales y culturales, que "hay que leer los textos completos".
Así, ha apuntado que la resolución 1.514 (XV), que habla de la independencia de los países y pueblos coloniales, añade que "todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional o integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".
También recuerda que cuando en 1970 la ONU cumplió 25 años, se aprobó la declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y cooperación entre los estados.
Esta resolución, la 2.625 (XXV), tras recoger lo relativo al derecho de autodeterminación, dice que "ninguna de las disposiciones de los párrafos precedentes se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente la integridad territorial de los estados soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, antes descritos, y estén, por tanto, dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio sin distinción por motivos de raza, credo o color".
ART. 168 DE LA CE
Este académico ha advertido además de que para que Cataluña pudiera independizarse, los partidos que tengan ese objetivo deben cumplir los requisitos del artículo 168 de la Constitución: Tener dos tercios en las dos cámaras, elaborar un proyecto de texto, convocar elecciones y repetir los dos tercios en ambas cámaras, confirmar el antedicho texto y someterlo a referéndum del pueblo español.
Al repasar la crisis catalana y las resoluciones del Tribunal Constitucional sobre las actuaciones para declarar la independencia catalana, este experto ha apuntado que el presunto referéndum no solamente no cumplió las condiciones mínimas establecidas por la Comisión de Venecia, organismo del Consejo de Europa, sino que "ni siquiera recibió el beneplácito de los observadores internacionales, nombrados por las autoridades catalanas, las cuales fijaron a su antojo el número de votantes y el resultado favorable al 'sí', en más de un 90%de los más de 2,2 millones de sufragios depositados, según ellas".
Sobre el artículo 155, ha afirmado que no puede servir de base para decir que España es una país de "extrema derecha" o que "va a intervenir o a invadir ese territorio".
Según ha explicado, es una traducción "literal" del artículo 37 de la Constitución de la República Federal Alemana y similar a un artículo que aparece en la Constitución italiana. "El 155, por tanto, está dentro del marco del derecho constitucional comparado", ha subrayado.
José Antonio Tomás Ortiz de la Torre ha recordado que el independentismo catalán viene de "muy lejos" y ha señalado que en 1921 Ortega y Gasset en su España invertebrada, escribía:
'Pocas cosas hay tan significativas en el estado actual como oír a vascos y catalanes sostener que son ellos pueblos oprimidos por el resto de España. La situación privilegiada que gozan es tan evidente, que a primera vista esa queja habrá de parecer grotesca'.
"En 2017, son unas palabras que me parecen perfectamente válidas", ha añadido este experto, para añadir que Cataluña goza del nivel de autogobierno más alto de la democracia, "superior a Irlanda y a Escocia", y que es es la autonomía con "más competencias transferidas, 189 en total, y la que más recibe del Estado".
El presidente de la Sección de Derecho de la RADE ha apuntado que para el historiador catalán Gabriel Tortella Casares, "Cataluña jamás fue una nación", pues pertenece a España desde 1479, hace 538 años, y con anterioridad perteneció al Reino de Aragón durante nueve siglos, y que se trata de una idea que está presente en numerosos historiadores y escritores, como Claudio Sánchez Albornoz, Américo Castro, Ortega y Gasset, Laín Entralgo y Manuel Azaña, entre otros.
No obstante, ha apuntado que Cataluña se declara 'nación' en el vigente estatuto de autonomía de 2006, término que el Tribunal Constitucional ha considerado perfectamente constitucional, aunque sin efectos jurídicos.
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